Provider Service Agreement ES


 Acuerdo de servicio del proveedor

El presente Acuerdo de Servicio del Proveedor (en lo sucesivo este “Acuerdo”) se realiza entre TEFS Ltd. (“TEFS”) y la persona solicitante de la prestación de servicios a TEFS (el “Proveedor”), con el fin de establecer los términos y condiciones para la prestación de determinados servicios entre el Proveedor y TEFS.

    1. Ámbito de aplicación

TEFS es una plataforma de trading patentada que participa en la negociación intradía utilizando capital propio. TEFS designará una subcuenta de datos reales financiada por TEFS (la “Cuenta TEFS”), para el proveedor, sin acceso al mercado, con el fin de que dicho proveedor coloque órdenes de “Compra” y “Venta” en la misma (los “Servicios”). El proveedor podrá introducir órdenes sobre contratos por diferencia (cada uno de ellos, un “CFD”), sobre acciones, pares de divisas, materias primas, índices, criptomonedas y otros instrumentos financieros (los “Activos de la Cuenta”). Dichos Activos de la Cuenta se proporcionan dentro de la cuenta TEFS a discreción exclusiva de TEFS, sujetos a los requisitos reglamentarios pertinentes, si procede.
TEFS concederá al proveedor acceso a una Cuenta TEFS con los fondos disponibles para la operativa (“Valor de la Cuenta”) tal y como se expone en el presente documento, y el proveedor prestará los servicios como contratista independiente, sin existir relación de empleador-empleado con TEFS, y para la única consideración establecida que se detalla a continuación, sin tener ningún otro derecho en o con TEFS. El Proveedor reconoce además que él/ella no es propietario/a, ni posee ningún otro interés en la Cuenta TEFS o en los Activos de la Cuenta, aparte de lo explícitamente establecido en el presente acuerdo.
TEFS adquiere la tecnología que permite ejecutar órdenes dentro de la Cuenta TEFS, así como los servicios de mantenimiento relacionados con la misma a un tercero, que se encarga de proporcionarlos, además de la plataforma tecnológica como una solución de “marca blanca”. Como tal, TEFS ofrece la Cuenta TEFS.

    2. Contraprestación

El proveedor tendrá derecho, como contraprestación total y única por sus servicios en virtud del presente contrato, a un porcentaje de los beneficios generados en la respectiva cuenta TEFS, como se establece en el Apéndice A de este acuerdo (“Beneficios”). TEFS calculará los beneficios de la cuenta TEFS, si los hubiera, por mes natural. Dichos beneficios (o la ausencia de ellos) se obtienen calculando la diferencia entre el saldo de la cuenta TEFS al final del mes natural anterior y el valor actual de la misma, tal como se establece en el Apéndice A del presente contrato.
Por la presente, el proveedor reconoce y acepta que el beneficio se calculará descontando las comisiones, tal y como se detalla en el presente documento. TEFS no incurre en dichas comisiones, en su defecto lo hace el proveedor como un intento de TEFS de reflejar con total exactitud la negociación en el mercado de valores (con acceso al mercado). Consúltese el Apéndice A para más información.
El proveedor tendrá derecho a recibir mensualmente la parte acordada de los beneficios (cada pago mensual, denominado un “Pago”). El proveedor solo tendrá derecho al pago tras la entrega y aprobación del formulario de solicitud de pago.
TEFS se reserva el derecho, a su entera discreción, de transferir las ganancias solicitables como pago a través de una serie de pagos parciales en lugar de realizar una única transferencia (una “División del pago”). En caso de darse una división del pago, TEFS notificará al proveedor por adelantado todos los detalles de la operación. Las divisiones de pago podrán ejecutarse en intervalos de hasta dos días hábiles, o en cualquier otro intervalo que TEFS pueda requerir, y según lo comunicado al proveedor, entre cada transferencia individual.

     3. Normas de negociación

Las especificaciones y restricciones de la cuenta TEFS serán las establecidas en el presente documento y en el Apéndice A de este contrato.

TEFS se reserva el derecho a cerrar cualquier posición abierta en la cuenta TEFS sin previo aviso e independientemente del precio al que cotice en ese momento. El proveedor reconoce, acepta y está de acuerdo en que dicha acción puede dar lugar a pérdidas sustanciales de la cuenta de TEFS, y que el mismo no ejercerá ningún recurso en relación con la misma, incluido el derecho a objetar o invalidar dicha decisión.

El proveedor tiene permiso para mantener las posiciones abiertas en acciones al contado hasta el 30% del balance proyectado. Si el proveedor excede este límite, TEFS se reserva el derecho, pero no la obligación, de cerrar una parte o todas las posiciones abiertas de acciones al contado a los precios del cierre del mercado. Cualquier ganancia o pérdida obtenida se atribuirá a la Cuenta TEFS del Proveedor. Si se aplican comisiones, multas o costos de margen adicionales, la pérdida también se asignará a la Cuenta TEFS del Proveedor.

El proveedor no podrá compensar ni declarar las pérdidas de la Cuenta TEFS en sus declaraciones fiscales personales. El proveedor es el único responsable, en última instancia, de declarar y pagar cualquier impuesto o tasa que le sea aplicable. TEFS no retendrá, recaudará ni pagará impuestos relacionados con el proveedor, a menos que una autoridad gubernamental competente se lo ordene, en cuyo caso los beneficios atribuibles y/o adeudados al proveedor se verán reducidos por dichos impuestos.

Trading en la cuenta está permitido pero no se recomienda durante el fin de semana.

Si el proveedor deja alguna posición abierta durante el fin de semana, TEFS está autorizado, pero no obligado, a su entera discreción, a cerrar automáticamente cualquier posición abierta, a precios de cierre de mercado. Las pérdidas y ganancias, si las hubiera, se asignarán a la Cuenta TEFS del proveedor. También podrían aplicarse comisiones adicionales, penalizaciones y costes de margen, y en tal caso, cualquier pérdida, se asignará a la Cuenta TEFS del proveedor.

El proveedor reconoce y acepta que deberá cumplir con todas las reglas de negociación comunicadas o proporcionadas por TEFS, entendiendo que dichas reglas pueden ser modificadas eventualmente. Asimismo, en condiciones de mercado extremas, TEFS puede establecer, modificar o cancelar los distintos parámetros de negociación de la cuenta TEFS así como los Activos de la cuenta, incluidos, entre otros, el tamaño de las órdenes y los instrumentos disponibles.

El Proveedor reconoce y acepta que las operaciones de gran volumen en valores de baja liquidez podrían incurrir en costes adicionales de enrutamiento. Dichos costes forman parte de las comisiones de negociación que se describen más detalladamente en el Apéndice A.

Actividad sospechosa: si TEFS, a su total discreción, cree que la cuenta TEFS de un proveedor ha estado involucrada en cualquier fraude, delito o violación de leyes o regulaciones, o se ha accedido ilegalmente o está implicada en cualquier tipo de actividad sospechosa (ya sea víctima o perpetrador), TEFS, a su total discreción, podrá suspender, bloquear el acceso o congelar la cuenta TEFS o los privilegios de dicha cuenta, incluyendo los pagos no distribuidos y los beneficios generados con la misma.

   4. Confidencialidad

Ni durante, ni tras el periodo de vigencia del presente contrato, el proveedor comunicará, revelará o utilizará en su propio beneficio o en el de cualquier otra entidad o personas, técnicas, planes, diseños, programas, información sobre clientes o cualquier otro tipo de información que no sea de dominio público relativo a los negocios u otros asuntos de TEFS (“Información confidencial”). La información confidencial no se considerará de dominio público si se revela o divulga en contravención del presente contrato o de los acuerdos celebrados entre TEFS y otras partes. El proveedor se compromete a no divulgar ningún dato de ninguna persona, así como a no utilizar información confidencial alguna, incluyendo pero no limitándose a las cuentas de TEFS y/o las relaciones mantenidas por TEFS. Por la presente, el proveedor acepta que toda la información confidencial, incluida la de la cuenta TEFS, seguirá siendo propiedad exclusiva de TEFS bajo cualquier circunstancia.

    5. Propiedad intelectual

El proveedor reconoce y acepta que todos los derechos, títulos e intereses, incluidos los derechos morales, asociados al presente contrato y cualquier información confidencial o de otra índole, conocimientos técnicos, ideas, programas informáticos, diseños, técnicas, métodos, innovaciones, datos técnicos y no técnicos, fórmula de TEFS y todos los demás asuntos que sean legalmente susceptibles de ser protegidos o reconocidos como formas de propiedad intelectual, sean o no patentables o reducidos a la práctica o a un escrito y cualquier mejora de los mismos (“Propiedad Intelectual” o “PI”), serán propiedad exclusiva de TEFS.
Por la presente, el proveedor se compromete a ceder, transferir y entregar a TEFS, sin compensación adicional, todos los títulos o intereses sobre cualquier propiedad intelectual que el mismo, ya sea solo o conjuntamente con otros, desarrolle, cree o sugiera, en el curso de la relación contractual con TEFS o de otra manera durante el plazo del uso de los servicios o instalaciones de TEFS.

    6. Declaraciones del proveedor

El proveedor declara y garantiza a TEFS que:
El proveedor no es residente ni ciudadano de los Estados Unidos de América.
El proveedor está legalmente capacitado para suscribir y cumplir con sus obligaciones en virtud del presente contrato, y el hecho de hacerlo no constituye un incumplimiento o violación de cualquier acuerdo del que el proveedor sea parte, o una violación de alguna ley aplicable a la jurisdicción en la que resida el mismo.


Todas las decisiones de negociación efectuadas con la cuenta TEFS del proveedor serán exclusivamente tomadas por dicho proveedor y éste se compromete a no delegar ni conceder permiso a nadie más para negociar en su respectiva cuenta de TEFS, sin el consentimiento expreso y por escrito de TEFS. TEFS suspenderá, bloqueará el acceso o congelará la subcuenta en caso de incumplimiento de la cuenta TEFS por una parte no autorizada.
El proveedor actuará de acuerdo con todas las leyes, normas y reglamentos pertinentes con respecto al total de las transacciones y órdenes ejecutadas en la cuenta de TEFS. El proveedor entiende que TEFS no es una empresa de corretaje, ni posee licencia o registro de ninguna actividad reguladora, sino que es una empresa privada dedicada a las siguientes actividades (a) negociar con su propio capital en diversos instrumentos financieros, incluyendo, pero no limitándose a demo, acciones, CFD, futuros, materias primas, divisas y opciones, únicamente por su propia cuenta y (b) utilizar, evaluar y revender toda la información y datos de operativa generados por el proveedor, ya sea por demo, virtual o cualquier otra cuenta TEFS.
El proveedor indemnizará, defenderá y eximirá a TEFS, a sus filiales corporativas y a sus respectivos funcionarios, directores, empleados y accionistas de cualquier pérdida, daño, responsabilidad, reclamación, coste, adjudicación y gasto, incluyendo, sin limitación, los honorarios de los abogados que surjan o estén relacionados con (a) cualquier incumplimiento por parte del proveedor de sus declaraciones u obligaciones en virtud del presente documento, o (b) la aplicación por parte de TEFS de sus derechos en virtud del presente documento.
Ni el presente contrato ni el uso de la cuenta TEFS constituyen en modo alguno asesoramiento de inversión o la gestión o recomendación de fondos o valores (atendiendo al sentido de la Ley Federal de Valores de los EE. UU.) (“Valores”) en nombre de TEFS. El proveedor reconoce que no se le ofrece ni ofrecerá ningún valor para su compra o venta por parte de TEFS, y que TEFS en ningún momento está solicitando ni haciendo una oferta de compra o venta de valores o realizando negocios de inversión. El proveedor reconoce que es consciente de que la cuenta TEFS se proporciona “tal cual” y, como resultado de ello, TEFS se reserva el derecho de modificar cualquiera o todas las partes de las cuentas de TEFS. El proveedor reconoce que TEFS no representa ni garantiza la validez o exactitud del precio de cualquier Activo de la Cuenta, ni el procesamiento de la ejecución de las órdenes por parte de un proveedor.

  7. Rescisión

Cada una de las partes podrá rescindir el presente contrato en cualquier momento mediante notificación por escrito a la otra parte. En el momento de la rescisión, toda posición abierta en la cuenta de TEFS será cerrada inmediatamente, efectuándose un cálculo final de los beneficios obtenidos (si los hubiera). A menos que el acuerdo se haya rescindido debido a un incumplimiento de contrato por parte del proveedor, TEFS otorgará a dicho proveedor el pago en ese mismo instante, de acuerdo con el Apéndice A.

    8. Ley aplicable

El presente contrato se regirá por las leyes del territorio de las Seychelles, sin tener en cuenta sus conflictos de principios legales, y las partes acuerdan someterse a la jurisdicción no exclusiva de los tribunales competentes de las Seychelles con respecto a la resolución de cualquier conflicto que pueda surgir entre las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, TEFS tendrá derecho a proteger los intereses o derechos legales de TEFS, e iniciar inmediatamente procedimientos legales contra el proveedor, en el lugar de residencia del proveedor y, en consecuencia, el proveedor se somete a la jurisdicción personal no exclusiva de su lugar de residencia con sus tribunales pertinentes aplicando las leyes sustantivas del territorio de las Seychelles.

Si alguna de las disposiciones del presente contrato se convierte o se considera inválida o ilegal en cualquier jurisdicción aplicable por razón del ámbito, el alcance o la duración de su cobertura, dicha disposición se considerará enmendada en la medida mínima necesaria para garantizar el cumplimiento de la legislación aplicable, de modo que sea válida o, si dicha disposición no puede modificarse sin alterar sustancialmente la intención de las partes, dicha disposición será anulada y el resto del presente contrato continuará en pleno vigor y efecto. Si alguna de las disposiciones de este acuerdo se convierte en ilegal por la acción de cualquier estatuto, ley, ordenanza o reglamento presente o futuro (colectivamente la “Ley”), entonces dicha disposición se reducirá o limitará solo en la medida mínima necesaria para que cumpla con la ley. El resto de términos y disposiciones del presente contrato continuarán en pleno vigor y efecto, sin menoscabo ni limitación alguna.

  9. Generalidades

El presente contrato (incluyendo, para evitar dudas, el Apéndice A) constituye el acuerdo completo entre las partes con respecto al objeto del mismo. Ninguna de las partes ha realizado o suscrito otros acuerdos, declaraciones o entendimientos (ya sean orales o escritos, expresos o implícitos) que no estén establecidos en el siguiente contrato con respecto al objeto del mismo.

Ninguna renuncia por cualquiera de las partes al incumplimiento de alguna condición o disposición del presente contrato, proviniendo de la otra parte, se considerará una renuncia a cualquier otra condición o disposición, o a la misma, pero en otro momento.

El proveedor no podrá ceder ninguno de sus derechos, ni delegar ninguna de sus obligaciones en virtud de lo presente, sin el consentimiento previo por escrito de TEFS.

Las partes son contratistas independientes con base al presente acuerdo, y no tienen la intención de crear ninguna asociación, franquicia, empresa conjunta, agencia, relación empleador/empleado, fiduciario, relación maestro/sirviente, u otra relación especial. Ninguna de las partes actuará de manera que exprese o implique una relación distinta a la de contratista independiente, ni obligará a hacerlo a la otra parte.

El proveedor comprende y acepta que este acuerdo será vinculante y entrará en vigor mediante su declaración firmada electrónicamente. El proveedor entiende y acepta que ni TEFS ni dicho proveedor actúan como un inversor pasivo, y ninguna de las partes podrá permanecer en el programa de TEFS establecido en el presente contrato y recibir compensación si no participa activamente utilizando la cuenta de TEFS de una manera continuada.

El proveedor comprende y acepta que, de acuerdo con la política expresa de TEFS, tendrá prohibido gestionar en cualquier momento más de 24.999.000 dólares en total, en todas y cada una de las cuentas de TEFS mantenidas por TEFS. Dicho límite puede ser revisado por TEFS a su exclusivo criterio en todo momento.

El proveedor entiende y acepta que, según la política expresa de TEFS, no se permitirá que más de 99 proveedores presten servicios de negociación a TEFS en un momento dado. Dicho límite podría ser modificado por TEFS a su entera discreción y en cualquier momento. El presente contrato podrá ser ejecutado en dos o más partes, cada una de las cuales se considerará un original, constituyendo todas ellas un único y mismo instrumento con un solo efecto. El presente acuerdo entrará en vigor inmediatamente después de la aceptación del mismo por parte del proveedor y la provisión de la cuenta TEFS.

  10. Enmiendas

TEFS podrá modificar en cualquier momento el presente contrato y cualquier acuerdo adoptado en virtud al mismo o en relación con él mediante notificación por escrito al proveedor, que se entregará por correo electrónico. Toda notificación enviada por TEFS por correo electrónico se considerará recibida por el proveedor en el mismo momento en que se realice. Se considerará que el proveedor acepta y está de acuerdo con la modificación en el momento en que:

  • El proveedor ejecute o modifique una transacción en su respectiva cuenta de TEFS o acceda a dicha cuenta tras la recepción de la notificación por parte de TEFS.
  • El proveedor no notifique a TEFS lo contrario dentro de la fecha especificada por TEFS en la citada notificación de modificación, que en la mayoría de los casos, será de al menos 5 días hábiles tras considerar que el proveedor ha recibido el aviso (a menos que no sea práctico, en determinadas circunstancias, notificar con 5 días hábiles de antelación).

Si el proveedor se opone a la modificación, esta no se considerará vinculante, pero la cuenta TEFS negociada por el proveedor será suspendida y posteriormente cerrada por TEFS tan pronto como sea posible.

Todo acuerdo modificado sustituirá a cualquier otro anterior entre TEFS y el proveedor sobre el mismo asunto y regirá cualquier transacción realizada después de la fecha en que la enmienda entre en vigor o esté pendiente de hacerlo.

 

Apéndice A

Pagos y beneficios:

El proveedor tendrá derecho al 70-85% (según el programa adquirido) de los beneficios generados en su cuenta TEFS. El porcentaje anterior se aplicará únicamente al saldo de la cuenta de TEFS que supere el valor inicial de dicha cuenta (a lo que en el presente documento se denomina Beneficio).

Una solicitud de pago solo puede efectuarse sobre la base de los beneficios, si los hubiera, al final de cada mes natural (es decir, no se permitirán solicitudes de pago a mediados de mes). La solicitud de pago deberá presentarse a más tardar el día 10 del mes siguiente (el “mes de pago”), y se ejecutará el día 15 del mismo mes. Ninguno de los beneficios acumulados en la cuenta TEFS desde el día 1 del mes de pago hasta la fecha de pago real se acumulará en beneficio del proveedor. En el caso de que se generen pérdidas en la cuenta de TEFS desde el día 1 del mes de pago hasta el día de pago, dichas pérdidas se deducirán del pago final (dejando explícitamente claro que en ningún caso el proveedor adeudará dinero a TEFS). El beneficio debe superar los 400 dólares para poder recibir el pago. El pago no estará sujeto a ninguna otra tasa adicional. Todos los pagos se solicitarán en dólares estadounidenses (“USD”), pero podrán entregarse en EUROS (“EUR”) a discreción de TEFS; en el caso de que el pago no sea en USD, podrán aplicarse tasas de conversión de divisas.

Debido a consideraciones normativas y fiscales, el proveedor estará sujeto a una solicitud de pago máxima de 15.000 dólares para cualquier mes de pago.

Gastos y límites de negociación:

Las comisiones actuales soportadas en una cuenta TEFS se aplican de la siguiente forma:

Cada ticket tiene una comisión de 0,007$ por acción/CFD (7$ por cada 1000 acciones/CFD) con un mínimo de 1,5$ por ticket para los CFD sobre acciones estadounidenses. Todos los demás activos subyacentes incurren en spreads. Se aplica una tarifa de intercambio adicional (las “Comisiones de negociación”).

Dichas Comisiones de negociación se determinan a la total y única discreción del proveedor de la tecnología que sostiene las cuentas TEFS, de manera totalmente independiente de TEFS. Los Proveedores incurren en comisiones de negociación con el fin de reflejar la forma en que las órdenes se ejecutan en el mercado de valores (con acceso al mercado). Para evitar dudas, el proveedor no abona ni puede abonar las comisiones de negociación mediante ningún tipo de pago a TEFS, sino que los beneficios, si los hubiera, se verán reducidos por el efecto de dichas comisiones, reflejándose en su cuenta de negociación.

Con base a la formación del proveedor, la experiencia previa y/o los resultados de su operativa, TEFS, a su total discreción, designará al mismo una Cuenta TEFS, que éste negociará de acuerdo con las siguientes limitaciones:

 

Nivel del Programa

Nivel 1

Nivel 2

Nivel 3

Nivel 4

Nivel 5

Valor Inicial de la Cuenta

$14,000

$40,000

$80,000

$160,000

$240,000

apalancamiento

Acciones

1 : 1

1 : 1

Crypto

1 : 1

1 : 0.5

Forex

1 : 8

1 : 8

Futuros/Materias Primas

1 : 1.5

1 : 1.5

Máxima pérdida permitida en las Cuentas de TEFS*

$700

$2,000

$4,000

$8,000

$12,000

Cuota de Pago del Proveedor**

70%

75%

75%

80%

85%

 

*NOTA: una vez alcanzada la pérdida máxima permitida en la cuenta de TEFS, durante o tras el horario de mercado, TEFS tiene el derecho, pero no la obligación, de resetear instantáneamente dicha cuenta TEFS, incluyendo el cierre de todas las posiciones abiertas a precios de mercado si fuera posible, o distintos, en caso contrario.

**NOTA: todo pago de beneficios en una Cuenta TEFS se calculará sobre el saldo neto de dicha cuenta (es decir, solo después de la deducción de las Comisiones de Negociación del valor de la cuenta).

El proveedor reconoce que TEFS, a su entera discreción, puede asignar un suministrador de liquidez demo, virtual o de cualquier otro tipo a la cuenta TEFS del proveedor, y que cada cuenta TEFS conservará todos los derechos de pago independientemente de su suministrador de liquidez. Dicha asignación será realizada por TEFS de acuerdo con los regímenes normativos y los requisitos legales pertinentes, y el proveedor reconoce y acepta dichas asignaciones.

El proveedor reconoce y acepta que TEFS puede retener, utilizar y vender todos los datos generados por la actividad de dicho proveedor en los servidores de TEFS, y que esos datos son propiedad exclusiva de TEFS. El proveedor reconoce que, aunque los ingresos de TEFS pueden ser generados por la venta de datos, él/ella tiene derecho únicamente al pago de los beneficios, si los hubiera, como se ha descrito anteriormente.

He leído y acepto los términos descritos en el Acuerdo de Servicio del Proveedor y en el Apéndice A de dicho Acuerdo de Servicio, e indico mi reconocimiento y acuerdo al firmar electrónicamente este formulario y pulsar “Enviar” o al firmarlo manualmente y enviar una versión escaneada a TEFS en [email protected].

El incumplimiento de cualquiera de las declaraciones del proveedor, incluyendo, pero sin limitarse a, los capítulos 1-10 y el Apéndice A, será considerado un incumplimiento del contrato por parte del proveedor de acuerdo con el capítulo 6 del presente acuerdo.

Su país de residencia:

 

Tenga en cuenta que al realizar una solicitud de pago, su identificación deberá coincidir con la identificación ahora registrada.

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Signed by TEFS Office
Signed On: March 1, 2023


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Document name: Provider Service Agreement ES
lock iconUnique Document ID: 79bd2886a17c7605e18a6bbe8805ec0f04ff1bde
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August 2, 2020 1:23 am EDTProvider Service Agreement ES Uploaded by TEFS Office - [email protected] IP 212.143.121.12